Rodrigo Diaz

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August 2011 - Posts

Una sociedad de derecho privado: Anarquía
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«Toda mi postura era inconsistente[...], sólo había dos posibilidades lógicas: el socialismo o el anarquismo. Dado que era imposible para mí ser socialista, me vi empujado por la irresistible lógica del caso, a ser un anarquista de propiedad privada, o, como más tarde lo denominaría, un anarcocapitalista.»1

Escrito por Francisco Guerra - Tomado de Anarquista 101

Recuerdo con cierto cariño el artículo de Hans-Hermann Hoppe The Idea of a Private Law Society2. Atravesaba yo una crisis ideológica -en plena crisis económica mundial-, que me haría abandonar ciertas ideas socialistas por otras liberales, tendiendo hacia el minarquismo. Sin embargo, el liberalismo me seguía pareciendo en cierta manera insatisfactorio y contradictorio, por lo que comencé a interesarme por el anarcocapitalismo. Fue a mediados del año 2009 cuando descubrí el artículo de Hoppe, el cual resolvió mis dudas más básicas sobre el anarcocapitalismo.

En su artículo, Hoppe propone una sociedad de derecho privado, caracterizada por la ausencia de Estado y de derecho público, en la cual las actividades relacionadas con la seguridad y la justicia serían privadas, siendo cada individuo libre de defenderse por su propia cuenta o de contratar una empresa que preste dichos servicios. Estas empresas aseguradoras serían la piedra angular del sistema anarcocapitalista, siendo las encargadas de indemnizar a sus clientes en el caso de que ellos o sus propiedades sufriesen una agresión.

En su artículo, Hoppe presenta una serie de argumentos económicos y morales en contra del Estado:

  • En primer lugar, desde el punto de vista del consumidor, todo monopolio es malo. Siendo definido el monopolio como un privilegio exclusivo otorgado a un único productor de bienes o servicios, o como la ausencia de libre entrada en una línea particular de producción. Aplicando esto al Estado, es de esperarse que la ley y el orden proporcionados por el Estado sean excesivamente costosos y de mala calidad.
  • En segundo lugar, siendo el Estado el juez último en todo conflicto, incluyendo en los que él mismo está implicado, en lugar de prevenir y resolver conflictos, provocará conflictos adicionales para resolver el caso a su favor. Siendo el Estado el tribunal de justicia al que apelar, es normal que la justicia esté pervertida en favor del gobierno.
  • En tercer lugar, existe una gran contradicción entre los fines de esta institución y su medio de financiación. El Estado se presenta como el protector de la vida y de la propiedad, sin embargo, se financia mediante el robo: los impuestos.
  • En cuarto lugar, la democracia no establece la igualdad ante la ley como predica, sino que crea desigualdad al separar el derecho público del derecho privado, dándole supremacía al primero. De esta manera, se crean privilegios funcionales y funciones privilegiadas. Los funcionarios, cuando actúan como tales, se encuentran protegidos bajo la ley pública, viéndose privilegiados frente a a las personas que actúan bajo el derecho privado. Bajo la democracia, el privilegio, el proteccionismo y la discriminación legal están disponibles para todos; pero no por ello desaparece la distinción entre gobernantes y gobernados.

El sistema que propone Hoppe es el más justo, ya que permite que cada individuo decida libremente que opción desea tomar y, además, es mucho más eficiente que el actual. Como en todo mercado libre, las empresas se seguridad y justicia se verán obligadas a competir entre ellas, ofreciendo mejores precios y más eficiencia. Serán los consumidores quienes decidan -en función de la importancia que le den a su protección- cuánto están dispuestos a pagar por su seguridad. Las aseguradoras tendrán incentivos para ser lo más eficientes posible, ya que, en caso de que se produjese un delito, se verán obligados a indemnizar a su cliente. En el mismo sentido, se verán incentivadas a atrapar al delincuente, para que sea éste quien pague por los costos de la indemnización. Las aseguradoras tenderán a actuar de la manera más defensiva que les sea posible, ya que iniciar una acción agresora es costoso. Mientras que el Estado no tiene problemas de financiación, las aseguradoras se verían obligadas a subir la cuota a sus clientes, viéndose perjudicadas ya que éstos preferirán aseguradoras más baratas. La posibilidad de defenderse uno mismo es otro factor que interviene en el precio de las aseguradoras. Las aseguradoras ofrecerán precios más baratos a individuos que demuestren conocimientos de autodefensa, incluyendo el uso de armas, ya que éstos representan un riesgo menor. La posibilidad de elegir entre diversas empresas de seguridad, también afecta a la posibilidad de elegir entre diversos servicios, lo que finamente también acaba repercutiendo en el precio. En este sentido, un individuo puede elegir contratar un seguro que no le proteja de los denominados crímenes sin víctima.

Este sistema de competencia entre agencias de protección tendría un importante impacto en el desarrollo de la ley. Las agencias de protección no solo competirían a través del precio de sus servicios, sino también por la diferenciación del producto. Cada individuo decidirá voluntariamente que ley quiere que se le aplique. Cuando surja un conflicto entre personas que están protegidas por el mismo o similar código de leyes, no existe ninguna dificultad para resolverlo. En el caso de que el conflicto surja entre códigos de leyes que llegan a conclusiones claramente diferentes, cada asegurador y sus clientes se someterían al arbitraje de un tercero, elegido por ambas partes.

En conclusión, frente a la situación actual en la que el individuo está sometido a la actuación arbitraria del Estado, Hoppe propone una sociedad de derecho privado, en la que el individuo contratará voluntariamente una compañía aseguradora, la cual ofrecerá contratos con derechos y deberes bien definidos. La tendencia de esta sociedad sería la de aumentar la cooperación entre las empresas de seguridad y la armonización de los códigos de leyes, con el objetivo de reducir conflictos y, por tanto, costes.

Notas al pie

[1] Murray Rothbard.
[2] Traducido al castellano por Rodrigo Betancur: La idea de una sociedad de derecho privado.